UNIVERSIDAD TÉCNICA DE COTOPAXI
OCTAVO “F” COMUNICACIÓN SOCIAL
DERECHO A LA CLÁUSULA DE CONCIENCIA
“La cláusula de conciencia es un derecho constitucional de los
profesionales de la información que tiene por objeto garantizar la
independencia en el desempeño de su función profesional.” (juridicas, 1997)
Es
un derecho que tienen todos los profesionales que son graduados en comunicación
social o periodistas profesionales de la república, en este caso profesionales
del Ecuador, es decir que tienen derecho a
informar sin temor las noticias, reportajes o documentales que ellos
realicen, siempre y cuando investigando profundamente y yendo al lugar de los
hechos, investigando y no decir mentiras o cosas que no han pasado en dicho
lugar.
Es
que cave recalcar que desde que algunos periodistas, no todos, algunos de ellos
nunca informaron bien o se inventaron las cosas y con el paso del tiempo hasta
la actualidad los hay, recalco no todos los periodistas son así como los
menciono, entonces esta cláusula de conciencia
es un derecho para los profesionales de la comunicación para que puedan
informar bien. Es un derecho para el comunicador social.
“La cláusula de conciencia puede definirse
como la facultad que asiste al profesional de la información de no realizar
trabajos que se opongan a su código deontológico. Supone, pues, una garantía de
su independencia profesional frente a la empresa donde trabaja. La tutela que
el ordenamiento debe prestar a este derecho de los periodistas consiste en
impedir que del ejercicio de la cláusula de conciencia pueda derivarse
perjuicio o sanción alguna”. (Rodríguez., 2013)
La
cláusula de conciencia es un derecho para el profesional de la información,
comunicación o mejor dicho el periodista, es decir el trabajo que se
oponga a los códigos deontológicos,
entonces a través de esto el periodista,
tiene una independencia de su profesión frente a la empresa que trabaje informando, es decir es un derecho
con el cual se puede defender de cualquier delito que cometa al informar pero
esto con la empresa o medio de comunicación, sin embargo, el periodista puede
impedir a través de la cláusula de conciencia algún perjuicio o sanción alguna.
Para
mi forma de pensar la cláusula de conciencia es de gran importancia ya que es
un derecho que tiene el comunicador social o periodista, con el cual se puede
defender de cualquier sanción o delito que se le presente en la empresa o medio
de comunicación donde trabaje, pero el comunicador social para que no tenga dichas
sanciones debe investigar, ir al lugar de los hechos buscar fuentes de lo que
quiere informar sino caso contrario si será sancionado, es decir con esta
cláusula de conciencia los profesionales de la información deben realizar su
trabajo con ética, diciendo la verdad.
BIBLIOGRAFÍA:
juridicas, n. (20 de 06 de 1997). http://noticias.juridicas.com.
Obtenido de http://noticias.juridicas.com: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo2-1997.html#a1
Rodríguez., Á. (03 de 15 de 2013). http://www.derechoconstitucional.es.
Obtenido de http://www.derechoconstitucional.es:
http://www.derechoconstitucional.es/2013/03/clausula-de-conciencia-secreto-profesional.html
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